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 En España, la búsqueda de la igualdad de género entra en la agenda política a mediados

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 de los 80, esto es, al menos, con una década de retraso frente a muchos países europeos.

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 La lucha contra la violencia de género se puede considerar como una parte o dimensión

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 de esa política de igualdad y, como se dijo en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la

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 Mujer de la ONU, celebrada en Beijing en 1995, la violencia contra las mujeres es un obstáculo

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 para el logro de los objetivos de igualdad, desarrollo y paz.

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 La violencia contra las mujeres viola, deteriora o anula el disfrute por parte de las mujeres

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 de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

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 En España, la violencia de género atenta contra los artículos 9.2, 14 y 15 de la Constitución

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 Española.

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 Este último indica que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral,

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 sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o

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 degradantes.

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 En este sentido, en España, la violencia de género se define como una manifestación

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 de relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres.

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 Así se indica en lo que podemos considerar un granito en la lucha contra la violencia

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 de género, que es la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección

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 integral contra la violencia de género.

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 La exposición de motivos de esta ley nos presenta algunos de los elementos esenciales

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 para entender la política española de lucha contra la violencia de género.

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 Así se indica que no es un problema que afecte al ámbito privado, sino que la violencia

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 de género es el símbolo más brutal de la desigualdad existente.

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 Con esta ley, la violencia de género se define no sólo como una lacra a erradicar, sino

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 que se adopta una concepción de la violencia de género que va más allá de las agresiones

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 directas o indirectas en el seno de la pareja o familia, para ser un problema que afecta

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 a toda la sociedad y que debe enfrentarse en su raíz e implicando a toda esa sociedad.

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 Así la política pública debe abarcar aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales

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 y de atención a las víctimas.

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 Se puede decir, por lo tanto, que la política de lucha contra la violencia de género en

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 España, o según su denominación más reciente, Política de Lucha y Erradicación de la Violencia

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 sobre la Mujer, que comenzó como una política reactiva centrada en medidas de seguridad

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 frente a los agresores y en la protección de las víctimas, se redefinió a partir de

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 2004 por la ley de violencia de género hacia una prevención proactiva, concibiéndola

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 de un modo integral y multidisciplinar que debe empezar en los procesos de socialización

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 y educación.